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Facturación · Revisado:

VeriFactu: facturas comunitarias y extracomunitarias

Para facturar a un cliente extranjero no basta con seleccionar su país. Hay que distinguir bienes y servicios, empresas y particulares, y determinar dónde se realiza la operación a efectos del IVA. Después se configura la factura y su registro VeriFactu.

El identificador fiscal y el territorio son datos necesarios, pero no deciden por sí solos el impuesto. VeriFactu no cambia las reglas del IVA: el programa debe reflejar el tratamiento de la operación que hayas comprobado con tu asesoría.

1. Cliente nacional

En una operación interior sujeta y no exenta en Península o Baleares se aplica el IVA correspondiente. Canarias, Ceuta y Melilla quedan fuera del territorio de aplicación del IVA español: no clasifiques todas las operaciones españolas igual. Consulta IVA, IGIC e IPSI.

Ejemplo: una empresa de Madrid a la que se le facturan 100 € más el 21 % de IVA.

2. Cliente comunitario

El cliente está establecido en otro país de la Unión Europea. Aquí es donde empiezan los errores, y casi todos vienen del mismo sitio: dar por bueno un número que no se ha comprobado.

Un NIF-IVA válido no acredita por sí solo que una entrega de mercancías cumpla todos los requisitos de exención.

Dos comprobaciones que evitan casi todos los disgustos

La primera: el VAT ID hay que validarlo. Existe un censo europeo —el VIES— donde se comprueba si ese número está dado de alta para operaciones intracomunitarias. Que el cliente te pase un número no significa que esté operativo, y un número no válido cambia el tratamiento de la factura.

La segunda, y esta pilla a mucha gente: tú también tienes que estar dado de alta en el censo de operadores intracomunitarios para poder facturar así. No es algo que active el programa: es un trámite previo con la Agencia Tributaria.

Conviene además saber que la venta de bienes y la prestación de servicios no siguen las mismas reglas dentro de la Unión Europea. Si vendes producto y además prestas servicios, no des por hecho que se facturan igual.

3. Cliente extracomunitario

El cliente está establecido fuera de la Unión Europea: Estados Unidos, Reino Unido, México, Suiza, cualquier otro.

Ejemplo: una empresa estadounidense identificada con su EIN.

El error que más caro sale: marcar «exento» sin más

No basta con marcar la casilla de «exento de IVA». Hay que decir por qué, y no son lo mismo:

  • Operación exenta.
  • Operación no sujeta.
  • Inversión del sujeto pasivo.
  • Exportación de bienes: puede estar exenta si cumple sus requisitos; no es una categoría opuesta a la exención.

Estos conceptos no son casillas intercambiables. El programa necesita la calificación de la operación para construir su registro correctamente.

Esto ha dejado de ser una cuestión de forma. Con un software de facturación en modalidad VeriFactu, cada factura genera un registro que se remite a la Agencia Tributaria, y ese registro lleva la clasificación de la operación dentro. Una identificación fiscal mal puesta o una clasificación equivocada pueden hacer que el registro sea rechazado, y entonces el problema ya no es que la factura esté fea: es que no ha entrado.

Qué hace el programa y qué te toca decidir a ti

Lo que resuelve SigPyme

  • Guardar el país y el identificador fiscal en la ficha del cliente, para no decidirlo con prisa al facturar.
  • Proponer la configuración guardada para que revises si corresponde a esa operación concreta.
  • Recoger en la factura la mención obligatoria —la inversión del sujeto pasivo, el motivo de exención— en lugar de dejarla a mano.
  • Construir el registro VeriFactu con la clasificación correcta de la operación.
  • Que todo eso llegue solo a la contabilidad, con su cuenta.

Lo que no puede hacer por ti

  • Saber si tu cliente es empresa o particular: cambia el tratamiento y solo lo sabes tú.
  • Decidir si lo que vendes es bien o servicio a efectos de IVA.
  • Darte de alta en el censo de operadores intracomunitarios.
  • Sustituir el criterio de tu asesoría en un caso dudoso.

¿Y si vendes a particulares?

Las ventas a distancia de bienes y determinados servicios tienen reglas específicas. No apliques el tratamiento entre empresas a un consumidor por vivir en otro país. Comprueba las obligaciones en destino y, cuando corresponda, los regímenes de ventanilla única.

La configuración del cliente es una ayuda, no una decisión fiscal permanente. La aceptación de un registro por la AEAT tampoco acredita que el tratamiento del IVA sea correcto.

Aviso. Este artículo es divulgativo y no sustituye al asesoramiento fiscal. Las reglas del IVA en operaciones internacionales dependen de qué se vende, a quién y dónde está establecido, y tienen excepciones. Si tienes dudas sobre el IVA aplicable, consúltalo con tu asesor antes de emitir la factura: corregir una factura ya remitida cuesta mucho más que preguntar antes.

Ver SigPyme Facturación Qué revisar en el programa

Fuentes: AEAT: IVA en el comercio exterior, localización de servicios y importaciones y exportaciones.

Preguntas sobre facturación nacional e internacional

¿Puedo facturar a un cliente de otro país de la Unión Europea sin IVA?

Depende de la operación. Una entrega intracomunitaria de bienes puede estar exenta si cumple los requisitos; los servicios tienen reglas de localización propias. El NIF-IVA válido no basta por sí solo y las ventas a particulares requieren otro análisis.

¿Cómo se comprueba si un VAT ID es válido?

En el censo europeo VIES, que indica si ese número está dado de alta para operaciones intracomunitarias. Que un cliente te facilite un número no garantiza que esté operativo, y de eso depende cómo se emite la factura.

¿Hace falta darse de alta en algún registro para facturar a la Unión Europea?

Sí. Para operar intracomunitariamente hay que estar dado de alta en el censo de operadores intracomunitarios ante la Agencia Tributaria. Es un trámite previo del contribuyente, no algo que active el programa de facturación.

¿Y si el cliente está fuera de la Unión Europea?

Se selecciona su país y se introduce su identificador fiscal extranjero si lo tiene. Por lo general, una prestación de servicios a una empresa establecida fuera de la UE se factura sin IVA español, indicando el motivo de no sujeción o exención que corresponda.

¿Por qué no basta con marcar «exento de IVA»?

Porque no sujeción, exención e inversión del sujeto pasivo no significan lo mismo. Una exportación de bienes puede estar exenta; un servicio internacional exige revisar su localización. La factura debe recoger la calificación que corresponda.

¿SigPyme emite facturas nacionales, comunitarias y extracomunitarias?

Sí. Los tres tipos, con el identificador fiscal que corresponde a cada uno, la mención obligatoria en la factura y el registro VeriFactu construido con la clasificación adecuada. Va incluido en todas las versiones. Ver SigPyme Facturación.

¿Dónde se guarda esta información del cliente?

En su ficha, junto al país y a sus datos fiscales. Revisa en cada operación que la configuración propuesta siga siendo adecuada. Ver la ficha de cliente.

¿Facturáis fuera de España?

Si la respuesta es que sí y no tenéis del todo claro qué se pone en cada caso, contadnos cómo lo estáis haciendo y lo revisamos con vosotros.

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